Es un tema que os preocupa bastante a los que viajamos con la casa a cuestas.
Si sois de la personas que usa autocaravanas o furgonetas, entonces sabréis de más que muchas veces somos mal vistos cuando aparcamos por cualquier lugar y nos disponemos a dormir. Muchas veces las autoridades no conocen bien el tema de la legislación que debe aplicarse a una autocaravana o a una furgoneta donde es habitada y creen, erróneamente, que por el hecho de aparcar con la intención de dormir, estamos acampando y debemos marcharos a un camping.
Estar bien informados siempre es bueno, así que desde la Furgoneta os vamos a hacer un pequeño resumen de los aspectos más importantes de la legislación española.
Estacionar o acampar
Debemos tener muy claro esta diferencia. Si estás estacionado, se te aplicarán las normativas nacionales sobre tráfico. Así que, mientras estés perfectamente estacionado, nadie te puede multar por dormir o cocinar dentro de tu autocaravana. Por el contrario, si estás acampado, se te aplicarán las normativas de cada comunidad autónoma, lo que siempre implica que se te puede multar si no estás en una zona habilitada para zonas de acampada o campings.